Trámites - Detalle

Detalle de la tramitación

Proceso selectivo para la designación de consejeros del Consejo Estatal de las Personas Mayores, en representación de confederaciones, federaciones y asociaciones de personas mayores

Información básica

Código SIA: 2259757

Descripción: Esta convocatoria tiene como objeto la designación de 25 consejeras y consejeros de los cuales, 15 lo serán en representación de las confederaciones, federaciones o asociaciones de personas mayores de ámbito estatal y 10 en representación de asociaciones de ámbito no estatal, a efectos de la renovación del Consejo Estatal de las Personas Mayores.

Ministerio: Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

Centro directivo: Instituto de Mayores y Servicios Sociales

Unidad gestora: Subdirección General de Planificación, Ordenación y Evaluación

Nivel de tramitación electrónica: Tramitación electrónica

Lugar de acceso: https://sede.imserso.gob.es/es/web/sede-electronica/procedimient... Página externa.  Se abrirá en una ventana nueva

Tramitación electrónica

Sistemas de Identificación: Cl@ve PIN , Cl@ve permanente

Información adicional

Fin vía administrativa: Si

Plazo de resolución: 4 Meses

Efecto silencio: No Tiene

Documentación asociada

Documentación: La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación: a) Documento acreditativo de la representación legal del solicitante, así como poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante. b) Tarjeta de identificación fiscal de la entidad. c) Documento acreditativo de inscripción en el Registro administrativo correspondiente en la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente orden y, en su caso, documentación de que existe constancia en el Registro Nacional de Asociaciones de estar debidamente inscrita en el Registro Autonómico correspondiente o en el Registro Especial. d) Estatutos de la entidad debidamente legalizados y actualizados, en su caso, en los términos de la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. e) Relación de delegaciones o establecimientos cuya titularidad corresponda a la entidad solicitante o del conjunto de las asociaciones que formen parte de la confederación o federación solicitante, abiertos en capitales de provincia o poblaciones mayores de 50.000 habitantes para las entidades de ámbito estatal, o de 10.000 habitantes para las de ámbito no estatal, o en cualquier población de las Comunidades Autónomas de las Illes Balears y de Canarias; cuya titularidad corresponda a la entidad solicitante a la fecha de publicación de la presente orden. f) Número de socias y socios mayores con 60 y más años de edad o que se encuentren en situación de jubilación, actualizado a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente orden. En el caso de confederaciones o federaciones, que integren en su seno a varias entidades, se detallará, por cada una de ellas, el número de socias y socios actualizado a la citada fecha, teniendo en cuenta que las socias y socios de la entidad solicitante no pueden incluirse entre las socias y socios de las entidades que la integran. g) Número de voluntarias y voluntarios con los que cuenta la entidad, a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente orden. h) Sistema de calidad en la gestión de la entidad y de auditoría. i) Memoria en la que figuren los programas sociales que haya desarrollado la entidad con financiación ajena pública o privada, o con cuotas de las socias/ socios, en los últimos 5 años. j) Comunicación o notificación de la concesión de financiación pública o privada para la realización de los programas sociales. k) Última Memoria de la entidad aprobada por la Junta Directiva. l) La documentación prevista en las letras e), f), g), h) e i) se acreditará mediante certificados del representante de la entidad solicitante, según modelo que se acompaña a la solicitud. m) Las entidades solicitantes quedarán exceptuadas de presentar los documentos señalados en las letras a), b), c) y d), cuando los mismos ya obren en poder del Imserso, no hayan sufrido modificación ni transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. Este extremo deberá acreditarse por el representante de la entidad mediante certificación, haciendo constar la no variación del documento.

Documento: Escrituras de constitucion/estatuto de sociedades o documento equivalente que acredite la personalidad jurídica

Documento: Tarjeta de identificación fiscal

Documento: Documento acreditativo de inscripción en el Registro administrativo correspondiente en la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente orden

Normativa

Norma: ORDEN SCB/1311/2019, de 10 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca proceso selectivo para la designación de consejeros del Consejo Estatal de las Personas Mayores, en representación de confederaciones, federaciones y asociaciones de personas mayores.

Norma: REAL DECRETO 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores